ARQUITECTURA

Información a tener en cuenta en proyectos de arquitectura, como Proyectos de Reforma, Básicos y de Ejecución, Tasaciones, Cédulas de Habitabilidad e ITE.

PROYECTOS DE REFORMA

Bo Studio se constituye como grupo multidisciplinar, técnico-artístico, ofreciendo a sus clientes un servicio integral de reforma y mejoras, tanto en locales comerciales o industriales, así como en viviendas particulares.

Los proyectos de reforma serán abordados desde un  principio conjuntamente con nuestros clientes y tendrán como punto de partida satisfacer las necesidades de los mismos.

Analizadas previamente las diferentes opciones que resultan  en casa caso concreto, se determinará cuál de todas ellas resulta la solución óptima y más adecuada, para posteriormente poder desarrollar y  llevar a cabo la ejecución material del proyecto.

De igual modo, la dirección facultativa se encargará de realizar toda la tramitación necesaria y requerida por parte de la administración pública, con el fin de mejorar el servicio prestado de modo que nuestros clientes no tengan que preocuparse por nada.

PROYECTOS BÁSICOS Y DE EJECUCIÓN

Para poder llevar a cabo la tramitación de la Licencia de Obra, condicionada a la presentación del correspondiente Proyecto de Ejecución, es necesario realizar con anterioridad un Proyecto Básico.

El Proyecto Básico definirá las características generales de la obra o construcción del edificio, nave o local a diseñar y proyectar, sus prestaciones mediante la adopción y justificación de soluciones concretas, y las prestaciones que ha de proporcionar para cumplir las exigencias básicas.

En el Proyecto de ejecución deberán constar también todos aquellos proyectos y Estudios que la legislación sectorial requiere, además solo éste describe en forma completa en sus detalles y especificaciones todos los: materiales, sistemas constructivos, equipos, memoria de cimentación, estructura y oficios, planos de cimentación y estructura, planos de detalle, etc., y que puede ser ejecutado por el técnico cualificado.

TASACIONES

Las tasaciones inmobiliarias las podemos definir como un informe o documento destinado a determinar el valor de los inmuebles en el mercado en relación con la oferta y la demanda en determinado momento.

La valoración de la vivienda la realiza un arquitecto o arquitecto técnico que además cuenta con formación específica en materia de valoración. El valor de tasación es generalmente el valor de mercado.

El técnico tasador está sujeto a un régimen de incompatibilidades que garantiza su independencia, y que no puede tener ningún tipo de interés particular en la valoración.

CÉDULA DE HABITABILIDAD

La cédula de habitabilidad de una vivienda es un documento que acredita el cumplimento de los requisitos mínimos para que un espacio pueda ser habitado por personas a nivel de salubridad, higiene y solidez.

En esta acreditación se regula la superficie útil, mínima, de los espacios de la vivienda así como el equipamiento mínimo que debe tener: inodoro, cocina, agua caliente, etc. Los requisitos no son muy exigentes así que lo más habitual es que las viviendas cumplan los mínimos.

Según la Ley 18/2007 este documento se exige al contratar y dar de alta los servicios de agua, gas y luz, además de los trámites para alquilar o vender un inmueble. Lo recomendable es que, antes de firmar un contrato de alquiler o de ir al notario para hacer una compra-venta, se compruebe que la vivienda dispone de la cédula de habitabilidad al día.

INSPECCIÓN TÉCNICA EDIFICIO (I.T.E.)

INFORME EVALUACIÓN EDIFICIO, I.E.E.

La Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana establece la obligación a los propietarios de toda edificación catalogada o de antigüedad superior a cincuenta años a realizar una inspección periódica, mediante el Informe de Evaluación del Edificio IEE, cada diez años para supervisar el estado de conservación de las mismas y evitar las consecuencias que el incumplimiento del deber de conservación y rehabilitación puede originar.

Los propietarios deberán encargar la inspección técnica a un profesional cualificado, en ejercicio, y colegiado en el correspondiente Colegio Profesional.

Cuando de la inspección realizada resulten deficiencias, la eficacia del documento acreditativo de la misma, a los efectos de cumplir el deber de conservación, quedará condicionada a la certificación de la realización efectiva de las obras y los trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible, y en el tiempo señalado al efecto. Si no se aprecian deficiencias se finaliza la gestión y se archiva el expediente hasta pasados diez años.